Este jueves ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, tras haber finalizado el plazo de información pública y audiencia, el “Reglamento de Funcionamiento de las Sesiones del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava” por el que se regula su organización y funcionamiento, tanto las sesiones, su convocatoria, celebración, desarrollo, acuerdos, como la función de control y fiscalización de los órganos de gobierno.
Pozuelo Digital.- Con fecha de este jueves, día 23 de enero, ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, núm. 15, la aprobación definitiva del “Reglamento de Funcionamiento de las Sesiones del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava”, tras haber finalizado el plazo de información pública y audiencia, tal y como regula la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, que fue aprobado en sesión plenaria 13/2019, de 28 de noviembre (BOP núm. 232, de 4 de diciembre de 2019).
Dicho Reglamento viene a ordenar la organización y el régimen de funcionamiento de las Sesiones Plenarias del consistorio pozueleño, tanto los tipos de sesiones, sus convocatorias, celebración, desarrollo de las mismas, acuerdos que se tomen…, así como la función de control y fiscalización de los órganos de gobierno a través de la dación de cuentas de los decretos y resoluciones de la Alcaldía, como de los informes, ruegos y preguntas que se formulen en las sesiones plenarias, y cuya entrada en vigor será al día siguiente de su publicación en el BOP de Ciudad Real.
El Reglamento consta de 27 artículos distribuidos en 6 capítulos, que amplían completamente el ordenamiento y desarrollo de las sesiones plenarias.
Para el alcalde de la localidad, Julián Triguero Calle, así como para el equipo de gobierno que dirige, “es un Reglamento que ya era necesario en la ordenación de nuestro Ayuntamiento, y que sin duda va a servir para que las Sesiones Plenarias sean más fluidas, ordenadas y consensuadas, y por supuesto sujetas también a los términos previstos en la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local y en las leyes autonómicas de Castilla La Mancha que se dicten sobre el régimen local”.