El Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava ha hecho pública la convocatoria de subvenciones para el año 2021, en régimen de concesión directa, para establecimientos de hostelería y restauración de la localidad, para sufragar gastos durante el estado de la pandemia originada por el coronavirus.
Pozuelo Digital.- El pasado día 18 de febrero en sesión plenaria del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava fueron aprobadas las bases que rigen esta convocatoria de ayudas de concesión directa para establecimientos de hostelería y restauración radicados en su término municipal.
A estas ayudas podrán ser beneficiarios todas las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha de la aprobación de esta convocatoria, que reúnan los siguientes requisitos:
- Que se trate de una actividad ejercida en un establecimiento sito en este municipio y se haya producido el cierre de la actividad al público de éste en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el RD 465/2020 de 17 de marzo, o de posterior normativa que la desarrollara.
- Que en el referido establecimiento se desarrolle alguna de las actividades encuadradas en alguno de las agrupaciones, grupos o epígrafes de hostelería y restauración.
- Que el sujeto solicitante esté exento del Impuesto de Actividades Económicas en el ejercicio fiscal de 2021 en base a lo establecido en el artículo 82.1 c) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Que tenga su domicilio fiscal en el término municipal de Pozuelo de Calatrava y la actividad de hostelería se ejerza en un local abierto al público, radicado en una vía pública de su término municipal.
- Que esté dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el momento de la presentación de la solicitud.
- Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento de la presentación de la solicitud.
- Que no tenga deuda alguna pendiente con la hacienda municipal de este Ayuntamiento.
Objeto
El objeto de la subvención es regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las subvenciones a conceder por este Ayuntamiento destinadas a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los establecimientos de hostelería y restauración cuyo domicilio fiscal y local comercial afecto a la actividad, radique en el término municipal de Pozuelo de Calatrava y en particular si éste último se ha visto obligado a permanecer cerrado al público o a reducir su actividad, a raíz de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma provocada por la Covid-19, siempre que cumplan con los requisitos establecidas en las bases aprobadas por el Pleno municipal del pasado 18 de febrero de 2021.
Cuantía
La cuantía total máxima de las ayudas se elevan a 7.800 euros, las cuales se distribuirán en dos modalidades:
Beneficiarios y plazos de solicitudes
Beneficiarios sin empleados: 400 euros
Beneficiarios con empleados: 600 euros
El plazo de presentación de solicitudes, las cuales se formularán mediante instancia dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava, se extenderá hasta el próximo día 23 de marzo de 2021.