Pozuelo Digital.- El martes 11 de abril comenzará la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2022 (IRPF 2022). La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) dispone de distintos servicios para asistir a los contribuyentes en el cumplimiento de esta obligación.
La AEAT pone a disposición de los contribuyentes distintos servicios de ayuda en su sede electrónica, por teléfono, presencialmente o a través de la aplicación móvil “Agencia Tributaria”.
Por otro lado, el Informador de Renta permite repasar los aspectos generales para saber, por ejemplo, si se tiene obligación de declarar o qué deducciones y reducciones pueden aplicarse.
Existe también disponible un servicio de calculadora de IPRF sobre las retenciones del IRPF que puede utilizarse en la web de AEAT sin necesidad de ningún tipo de firma, identificación o autenticación previas.
Finalmente, las comunidades autónomas de régimen común y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla colaborarán a través de la habilitación de oficinas para la prestación de servicios de información tributaria y ayuda para la confección de declaraciones.
Fechas para realizar la declaración
Las fechas para realizar la declaración de IRPF correspondiente al año 2022 son:
- 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023 para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023. La AEAT podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio).
- 1 a 30 de junio de 2023. La AEAT podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
Borrador de la renta
El borrador de la declaración de la renta y/o los datos fiscales podrán obtenerse en la sede electrónica de la AEAT desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023.
Los sistemas de identificación exigidos para acceder son:
- Certificado electrónico
- Sistema Cl@ve PIN
- Número de referencia previamente suministrado por la AEAT (puede solicitarse desde el pasado 8 de marzo).
Los contribuyentes también podrán consultar el borrador a través de la aplicación “Agencia Tributaria”, utilizando el sistema Cl@ve PIN o el mencionado número de referencia.
La confirmación y presentación del borrador y, en su caso, modificación, podrá hacerse:
- En el Servicio de tramitación del borrador/declaración de la sede electrónica de la AEAT
- Presencialmente, con cita previa, en cualquier Delegación o Administración de la AEAT, y también en las oficinas de las Administraciones tributarias de las comunidades autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que hayan suscrito con un convenio de colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria
- Por teléfono, con cita previa, gracias al Plan “Le Llamamos”, si se cumplen los requisitos que constan en la sede electrónica de la AEAT
- Mediante la aplicación “Agencia Tributaria” si no se tiene que modificar o incluir algún dato adicional en el borrador
La solicitud de cita previa para ser atendido presencial o telefónicamente por la AEAT puede realizarse en su sede electrónica o llamando, en los plazos establecidos, a los números 91 553 00 71 / 901 22 33 44.