Desde este jueves, 21 de mayo, se hace obligatorio el uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
Pozuelo Digital.- El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
Así lo ha estimado el Gobierno que ha hecho pública esta orden en el BOE de hoy miércoles, 20 de mayo, y cuya orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
Tipos de mascarillas, quienes deben utilizarla y quienes no
La mascarillas podrán ser de cualquier tipo, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca, y quedan obligados al uso de mascarillas las personas de seis años en adelante, excepto aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla, personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, o para aquellos que el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla, o por alguna causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Justificación de su uso
El Ejecutivo ha explicado que el uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión comunitaria del Covid-19 está justificado “no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad”.
De esta forma, al uso ya obligatorio en el transporte público su sumará ahora la utilización obligatoria en espacios cerrados y en la vía pública si no es posible garantizar la distancia mínima de seguridad de dos metros.