El Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava hace públicas las bases para las ayudas directas a Pymes y Autómonos del municipio

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El consistorio pozueleño ha habilitado una partida presupuestaria de 5.000 euros para estas ayudas directas, de la que se concederán 200 euros a los autónomos y 300 euros a las pymes. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 29 de abril

Pozuelo Digital.- El Boletín Oficial de la Provincia (BOP Ciudad Real), publica en la fecha de  hoy en su número 61 las “Bases reguladoras del Plan Municipal de Dinamización Económica y Social Covid-19, para Pymes y Autónomos de Pozuelo de Calatrava, tras su aprobación en sesión plenaria del pasado jueves 25 de marzo.

El objetivo de la convocatoria, única y extraordinaria, es aportar liquidez a autónomos y empresas que se hayan visto afectadas por el cierre obligatorio de establecimientos, con el fin de minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el Covid-19 en la localidad de Pozuelo de Calatrava y se produzca lo antes posible una reactivación de nuestra economía. Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre y cuando el importe total de las ayudas no superen las pérdidas económicas derivadas del Covid-19.

Beneficiarios

Podrán acogerse a esta convocatoria los siguientes colectivos:

– Pequeñas y medianas empresas (pymes) con sede en el municipio y que cuenten, con un 1 trabajador en adelante hasta un máximo de 30 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance anual no superen los 2 millones de euros.

– Autónomos afectados por el cierre de su actividad/establecimiento debido a los sucesivos decretos de estado de alarma. (Han de realizar su labor en las actividades económicas no declaradas esenciales).

– Quedarán excluidos los autónomos y empresas del sector de hostelería y restauración, que ya han sido beneficiarias de las Ayudas Directas a las Hostelería Local en el ejercicio 2021, por parte de este Ayuntamiento.

Cuantía de las ayudas

1.- Se concederá una subvención directa de 300,00 € , a aquellas empresas que se hayan visto obligadas a cesar su actividad en cumplimiento del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo o aquellos negocios que hayan visto reducida su facturación, por cese de actividad debidamente acreditada, mediante declaración jurada.

2.- Se concederá una subvención directa a autónomos dados de alta desde el 1 de enero de 2020, o con anterioridad a esta fecha, correspondiente al importe de la cuota de autónomo pagada durante los tres meses del Estado de Alarma, previa acreditación del pago de las mismas con un máximo de 200,00 €.

Requisitos

Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica en el término municipal de Pozuelo de Calatrava y cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o mediana empresa con un máximo 30 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance anual no superen los dos millones de euros.

Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre obligatorio de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo o reducida su facturación, al menos, en un 50% en el segundo trimestre del 2020 respecto al mismo trimestre del ejercicio anterior.

b) Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en Hacienda en el momento de la declaración del estado de alarma, 14 de marzo de 2020 y continuar de alta a la fecha de la presente Convocatoria. (Se certificará con vida laboral de la Seguridad Social).

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social; así como en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso. (Se presentará certificado de estar al corriente).

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso. (Se presentará certificado de estar al corriente.)

e) Que el domicilio social y el local donde se lleve a cabo la actividad esté radicado en el término municipal de Pozuelo de Calatrava.( Se presentará declaración jurada de este extremo.)

f) No hallarse incurso/a en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. (Se presentará declaración jurada de este extremo).

Exclusiones

Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro y el personal autónomo colaborador. Igualmente, quedan excluidas las empresas que presten servicios o suministros al Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava en virtud de un contrato público de servicios, suministros u obras, sometido a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; y afectadas por el artículo 34 del Real Decreto Ley 8/2020, modificado por la Disposición Final 1ª, apartado 10 del Real Decreto Ley 11/2020. Y las empresas y autónomos que no se encuentren al corriente con sus obligaciones tributarias con la hacienda del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava.

Solicitudes y plazo de presentación

Las solicitudes, junto con la documentación que se acompañe (Certificaciones de estar al corriente en AEAT, TGSS, Vida laboral de la Empresa, y Declaraciones de Ingresos trimestrales AEAT, Declaraciones juradas, Cuenta corriente donde desean recibir el ingreso, etc ), se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava y serán dirigidas a la Alcaldía-Presidencia o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación se solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (hasta el 29 de abril de 2021).

Cuantía presupuestaria

Se dota de un partida presupuestaria global de 5.000,00 €. En caso de que el número de solicitudes supere la partida presupuestaria habilitada, se atenderán las mismas por riguroso orden de entrada en el registro de este Ayuntamiento hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Descargar las Bases completas: Plan de dinamizacion economica y social PYMES y Autonomos.

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